Pisos En Alquiler En Elche

23 de abril de 2019
Manuel Segarra

16 MAR2016

Guía sobre los principales gastos de los pisos en alquiler en Elche

Alquilar implica un menor esfuerzo económico que la compra de una vivienda, pero también requiere contar con una cierta cantidad de ahorros para cubrir los gastos iniciales.

Vivir de alquiler aporta mayor flexibilidad que la compra, pero también requiere de cierto sacrificio. Los gastos que habrá que afrontar por alquilar un piso dependerán de cada caso concreto en función de si el propietario nos exige aval, garantías extras o el pago de algún seguro.

En Medina Inmobiliaria en este artículo te contamos cuál es el desembolso que un nuevo inquilino tiene que asumir tras la firma del contrato de arrendamiento.

1. La primera mensualidad.

Se trata del pago inicial que habrá que afrontar tras la firma del contrato es el pago de la primera mensualidad, siendo el primer gasto que tener previsto.

2. La fianza.

La fianza cubre los desperfectos que la vivienda pueda sufrir a consecuencia del inquilino o posibles impagos. Es obligatoria por ley y equivale a otro mes de renta. El propietario deberá depositarla en el organismo que su comunidad autónoma indique para tal fin. Aunque al final del contrato se recuperará este dinero, supondrá tener que adelantarlo en el momento de entrar a vivir en la casa

3. Garantías adicionales.

La ley de arrendamientos urbanos permite que casero e inquilino pacten el pago de cualquier otro tipo de garantía del cumplimiento de las obligaciones por parte del arrendatario. Algunos propietarios suelen exigir el pago de una o varias mensualidades a cuenta de esta garantía adicional.

4. El aval.

Muchos propietarios exigen un aval bancario por parte del inquilino para prevenir el impago de la renta. En muchas ocasiones, cuando la entidad financiera considera que la solvencia del inquilino es insuficiente para “prestarle" el dinero que supone el aval, pide que éste deposite la cantidad avalada –que puede ser el importe de seis meses o un año de renta- en una cuenta o depósito de la entidad financiera.

Si bien este dinero se recuperará también con el tiempo, puede suponer tener que disponer de una importante suma en el momento de la firma

5. Los honorarios de la agencia inmobiliaria.

Los honorarios de la agencia en caso de que un profesional te haya ayudado a encontrar tu piso. Este importe será variable pero generalmente suele estar en torno a una mensualidad más, que podrá ser abonado por inquilino o propietario. Afortunadamente, en Elche esta cantidad será barata, ya que el precio de los alquileres es uno de los baratos de España.

6. El alta de los suministros.

Aunque no es lo más habitual, si el piso es nuevo y nunca ha tenido dados de alta los suministros básicos como el agua, el gas, ola electricidad, deberá pactarse en el contrato quién paga la conexión de estos servicios. De hacerlo el inquilino, es conveniente tener en cuenta que el coste puede superar los 500 euros.

7. Impuestos.

El ITP se trata de un impuesto casi desconocido para la mayoría de los inquilinos, pero que según la ley es necesario abonar tras la firma del contrato de alquiler.

8. Seguros adicionales.

Algunos propietarios temen sufrir un impago o desperfectos en su vivienda, y por ello deciden contratar algún tipo de seguro que cubra estos riesgos. En algunas ocasiones exigen, además, que sea el inquilino el que abone la prima del seguro como alternativa o complemento al aval u otras garantías.

9. El coste de la mudanza.

Una mudanza siempre implica un gasto. Bien se realice a través de una empresa profesional o bien la realices por tu cuenta. Si tienes un amigo con una furgoneta podrás tratar de ahorrarte los honorarios de una empresa. Pero a veces no hay otro remedio.

10. Algunos aspectos a tener en cuenta antes de firmar.

  • Comprueba que quien alquila la vivienda es efectivamente el propietario:es lo habitual, pero conviene cerciorarse para evitar cualquier disgusto con posterioridad. Comprobar este dato es fácil y económico a través de una nota simple solicitada en el registro de la propiedad, y evita que el inquilino se dé cuenta a posteriori de que el piso que ha alquilado (y por el que ha pagado la señal, por ejemplo) no pertenece a quien dice ser su propietario
  • Demuestra tu solvencia al casero: quien alquila la vivienda teme que el inquilino, a quien la mayoría de las veces no conoce, deje de pagar el alquiler o dañe el piso. Por eso, cada vez es más frecuente que se pida documentación al potencial inquilino para evaluar su capacidad de pago. Para ello el aspirante tendrá que entregar al propietario o a la agencia que tramita la operación una copia de la nómina, la declaración de la renta o incluso los movimientos bancarios que demuestren su solvencia
  • Estudia bien qué recoge el contrato: antes de la firma del contrato es el momento para negociar las condiciones que aplicarán durante todo el tiempo que vivas en esa casa. Por eso debes tratar de que éstas sean las más beneficiosas para ti en diferentes aspectos, como el precio, lo que incluye la renta mensual o la duración del contrato, así como quién debe hacerse cargo, el casero o el inquilino, de los diferentes gastos (comunidad, impuestos, seguro, etc) o el pago de los arreglos cuando surjan diferentes averías en la vivienda.
  • Fíjate en la duración del contrato: hoy día cuando se firma un contrato de alquiler, la duración del mismo según la actual legislación es la que se pacte libremente entre las partes, generalmente fijada en un año –y así se entiende si nada se indica-. Sin embargo, la persona que alquila un piso debe saber que tendrá derecho a prorrogar esta duración de año en año hasta completar un periodo de cinco años. Estas prórrogas anuales (conocidas por el nombre de 'prórrogas forzosas') se producen automáticamente siempre y cuando ni el propietario ni el inquilino manifiesten su decisión de poner fin al contrato entre ambos

Medina Inmobiliaria, encontramos pisos de alquiler en Elche para ti.

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