10 FEB2017
Hasta hace poco tiempo, muchas parejas jóvenes ni se cuestionaban si debían comprar piso a medias, o cada uno por su cuenta. Pero la crisis económica, financiera e inmobiliaria puso sobre la mesa unas condiciones tan leoninas que hicieron muy difícil adquirir un inmueble con un solo sueldo. Por ello, muchas parejas optan directamente por la compra conjunta.
Pero, ¿saben cuáles son los compromisos que están adquiriendo al realizar esa adquisición? En este post te los explicamos.
Cuando se acude a la notaría a firmar la compraventa, hay que tener en cuenta que, si no se le advierte de lo contrario, el notario adjudicará en las escrituras a cada propietario el 50% del bien adquirido (en este caso, un piso o una casa). Por eso, si uno de los dos ha pagado una mayor cantidad que el otro o gana más dinero y va a sufragar una parte mayor de la cuota de la hipoteca, debe especificarlo en este momento. Esto puede evitarnos muchos problemas en caso de ruptura.
No obstante, el hecho de que uno de conyugues o miembros de la pareja tenga una cuota menor de la vivienda, no supone que también la tenga en la hipoteca. Sea cuál sea su participación, será responsable de devolver el 100% del capital prestado. Lo mismo pasa con los avalistas, que, muy a menudo, suelen ser los padres.
Otra situación habitual, es que los padres avalen a los hijos en la compra de vivienda. Sin embargo, ésta puede no ser la mejor opción. Por ello, una opción más aconsejable y más segura para los familiares es que los padres compren una parte de la vivienda. Su participación estaría especificada en las escrituras. De esta manera, puede recuperarse el dinero en caso de venta y no se deberán responsabilizar de la deuda con el banco.
En caso de que haya ruptura, una de las opciones más habituales es que ambas partes pacten un precio y uno de ellos abone al otro su parte a cambio de quedarse con la casa. Si no hay acuerdo en el precio, habrá que recurrir a una tasación e, incluso, a vender el piso mediante subasta. Sin embargo, el tema puede complicarse si la pareja ha tenido hijos. En este caso, el miembro que tenga la custodia puede residir en el inmueble hasta que los hijos cumplan los 18 años, independientemente de la propiedad del mismo.
Otro posible escenario en caso de ruptura sentimental es que ninguno de los dos miembros de la pareja quiera quedarse con la vivienda o que, dada su situación económica, no puedan hacer frente a la hipoteca en solitario. En este caso, lo más normal es poner el piso a la venta y, con lo que se obtenga cancelar la hipoteca. Si una vez pagada la deuda con el banco ha sobrado dinero, éste se reparte en función del porcentaje que cada uno tenga de la propiedad.
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